La Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de los migrantes

Entrada en vigor el 1o de julio de 2003. Kit informativo de UNESCO

El 1o de julio de 2003, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares ha entrado en vigor, después de que el número mínimo de 20 ratificaciones se alcanzó en el mes de marzo de 2003.

Hoy en día, uno de cada 35 seres humanos es un migrante internacional. Se estima que el número de personas que se han establecido en un país distinto del país en el que nacieron, llega a 175 millones en todo el mundo. Esta cifra representa el 3 por ciento de la población mundial, y es comparable a la población de Brasil. Casi la totalidad de los países se ven afectados por el fenómeno de la migración internacional, ya sea como países de emigración, de inmigración, de tránsito, o incluso los tres a la vez. La migración internacional se ha convertido en una característica intrínseca de la globalización.

La Convención constituye un tratado internacional exhaustivo con respecto a la protección de los derechos de los trabajadores migratorios. La Convención hace énfasis en la conexión entre migración y derechos humanos, la cual se convierte cada vez más en un asunto político crucial de interés mundial. "Ha llegado el momento de examinar de forma más amplia las distintas dimensiones de la cuestión de las migraciones en la actualidad, que afectan a cientos de millones de personas y a países de origen, tránsito y destino. Necesitamos entender mejor las causas de los movimientos internacionales de población y su compleja interrelación con el desarrollo".Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas [extraído de su informe sobre el fortalecimiento de la Organización, 09/11/2002].

La Convención tiene como meta proteger a los trabajadores migratorios; su existencia establece un estándar moral y sirve como guía y estímulo para la promoción de los derechos de los migrantes en cada país.

El principal objetivo de la Convención es fomentar el respeto de los derechos humanos de los migrantes. Los migrantes no son solamente trabajadores, son también seres humanos.

"Wir riefen Arbeitskräfte und es kamen Menschen". ("Pedimos mano de obra, y en su lugar recibimos seres humanos".) Max Frisch, escritor suizo, refiriéndose a la migración laboral en Europa.

La Convención no crea nuevos derechos para los migrantes sino que busca garantizar el trato igualitario y las mismas condiciones laborales para migrantes y nacionales, lo que implica notablemente:

- Prevenir condiciones de vida y de trabajo inhumanas, abuso físico y sexual y el trato degradante (artículos 10-11, 25, 54);

- Garantizar los derechos de los migrantes a la libertad de pensamiento, de expresión y de religión (artículos 12-13);

- Garantizar a los migrantes el acceso a la información sobre sus derechos (artículos 33,37);

- Asegurar su derecho a la igualdad ante la ley, lo cual implica que los trabajadores migratorios estén sujetos a los debidos procedimientos, que tengan acceso a intérpretes, y que no sean sentenciados a penas desproporcionadas como la expulsión (artículos 16-20, 22);

- Garantizar a los migrantes la igualdad de acceso a los servicios educativos y sociales (artículos 27- 28, 30, 43-45, 54);

- Asegurar que los migrantes tengan derecho a participar en sindicatos (artículos 26, 40).

Hasta la fecha, los siguientes países han ratificado la Convención: Azerbaiján, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Colombia, Ecuador, Egipto, El Salvador, Filipinas, Ghana, Guatemala, Guinea, Malí, México, Marruecos, Senegal, Seychelles, Sri Lanka,


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