El 1o de julio de 2003, la Convención Internacional
sobre la Protección de los Derechos de Todos los
Trabajadores Migratorios y de sus Familiares ha
entrado en vigor, después de que el número mínimo
de 20 ratificaciones se alcanzó en el mes de
marzo de 2003.
Hoy en día, uno de cada 35 seres humanos es un
migrante internacional. Se estima que el número de
personas que se han establecido en un país distinto
del país en el que nacieron, llega a 175 millones en
todo el mundo. Esta cifra representa el 3 por ciento de
la población mundial, y es comparable a la población
de Brasil. Casi la totalidad de los países se ven afectados
por el fenómeno de la migración internacional, ya
sea como países de emigración, de inmigración, de
tránsito, o incluso los tres a la vez. La migración internacional
se ha convertido en una característica intrínseca
de la globalización.
La Convención constituye un tratado internacional
exhaustivo con respecto a la protección de los derechos
de los trabajadores migratorios. La Convención hace
énfasis en la conexión entre migración y derechos
humanos, la cual se convierte cada vez más en un
asunto político crucial de interés mundial.
"Ha llegado el momento de examinar de forma más
amplia las distintas dimensiones de la cuestión de
las migraciones en la actualidad, que afectan a
cientos de millones de personas y a países de origen,
tránsito y destino. Necesitamos entender
mejor las causas de los movimientos internacionales
de población y su compleja interrelación con el
desarrollo".Kofi Annan, Secretario General de las Naciones
Unidas [extraído de su informe sobre el fortalecimiento
de la Organización, 09/11/2002].
La Convención tiene como meta proteger a los trabajadores
migratorios; su existencia establece un estándar
moral y sirve como guía y estímulo para la promoción
de los derechos de los migrantes en cada país.
El principal objetivo de la Convención es fomentar el
respeto de los derechos humanos de los migrantes.
Los migrantes no son solamente trabajadores, son
también seres humanos.
"Wir riefen Arbeitskräfte und es kamen Menschen".
("Pedimos mano de obra, y en su lugar recibimos
seres humanos".) Max Frisch, escritor suizo, refiriéndose a la migración laboral en Europa.
La Convención no crea nuevos derechos para los
migrantes sino que busca garantizar el trato igualitario
y las mismas condiciones laborales para migrantes y
nacionales, lo que implica notablemente:
Prevenir condiciones de vida y de trabajo inhumanas,
abuso físico y sexual y el trato degradante
(artículos 10-11, 25, 54);
Garantizar los derechos de los migrantes a la
libertad de pensamiento, de expresión y de religión
(artículos 12-13);
Garantizar a los migrantes el acceso a la información
sobre sus derechos (artículos 33,37);
Asegurar su derecho a la igualdad ante la ley, lo
cual implica que los trabajadores migratorios estén
sujetos a los debidos procedimientos, que tengan
acceso a intérpretes, y que no sean sentenciados
a penas desproporcionadas como la expulsión
(artículos 16-20, 22);
Garantizar a los migrantes la igualdad de acceso
a los servicios educativos y sociales (artículos 27-
28, 30, 43-45, 54);
Asegurar que los migrantes tengan derecho a participar
en sindicatos (artículos 26, 40).
Hasta la fecha, los siguientes países han ratificado
la Convención:
Azerbaiján, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina,
Cabo Verde, Colombia, Ecuador, Egipto, El Salvador,
Filipinas, Ghana, Guatemala, Guinea, Malí, México,
Marruecos, Senegal, Seychelles, Sri Lanka,